Acciones de inconstitucionalidad resueltas por la Corte en 2017

 

Para la memoria, durante 2017 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad de diversos temas entre las que destacan las siguientes:

12 de enero

Acción de inconstitucionalidad 84/2015. Resuelve Pleno juicio vinculado con la Ley para la Protección Integral de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Distrito Federal

13 de febrero

Acción de inconstitucionalidad 62/2014, promovida en contra de la Ley de Educación del Estado de Baja California Sur. Fueron invalidados diversos preceptos de ésta, por resultar violatorios de lo dispuesto en la Constitución Federal, al invadir la competencia del Congreso de la Unión, además de, en algunos aspectos, establecer disposiciones que no se ajustaban a lo previsto en las Leyes Generales de Educación y del Servicio Profesional Docente.

27 de marzo

Acciones de inconstitucionalidad 25/2016 y sus acumuladas 27/2016 y 28/2016. Se declaró la invalidez de los artículos 12, 24, 25 y 26 de la Ley que regula el uso de la Fuerza Pública en el Estado de México.

28 de marzo

Recurso de Revisión en Materia de Seguridad Nacional Previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública 1/2015, promovido por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal en contra de la resolución dictada en el expediente del recurso de revisión RDA 0740/15, por el INAI. El Pleno resolvió modificar dicha resolución en lo relativo al alcance de la información sujeta de entrega a un particular, de tal forma que debe quedar reservada la información relativa a las rutas de los aviones, así como la hora de salida y llegada de todo tipo de aeronaves del Estado Mayor Presidencial, por lo que sólo quedará a disposición de la solicitante la información los datos relativos a los lugares de salida y de llegada de la flota presidencial.

4 de abril

Acción de inconstitucionalidad 61/2016 promovida por la CNDH, que impugnó la constitucionalidad de la Ley Nacional de Ejecución Penal. El Pleno se pronunció en favor de reconocer a toda mujer privada de la libertad el derecho a que sus hijos menores de tres años permanezcan con ella en centro penitenciario.

9 de mayo

Acción de Inconstitucionalidad 60/2016, promovida por la CNDH en contra de diversos preceptos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, donde el Pleno declaró la constitucionalidad del artículo 122, que prevé la figura del internamiento preventivo, consistente en una medida cautelar, que puede ser impuesta a los mayores de 14 años y menores de 18, de manera excepcional, sólo por los delitos que ameriten medida de sanción de internamiento y únicamente cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia de la persona adolescente en el juicio o en el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, o de los testigos o de la comunidad.

25 de mayo

Acción de Inconstitucionalidad 63/2016, promovida por Diputados integrantes de la Sexagésima Primera Legislatura del Estado de Yucatán, en contra de diversos preceptos la Ley del Transporte de aquella entidad federativa, en la que el Pleno analizó diversos aspectos relativos a la prestación del servicio de transporte local de pasajeros, contratado mediante plataformas tecnológicas.

13 de junio

Acción de Inconstitucionalidad 70/2016. El Pleno validó los artículos de la normativa del Sistema Nacional Anticorrupción que disponen, primero, que las declaraciones patrimoniales y de intereses de los servidores públicos serán públicas, salvo en aquellos rubros cuya publicidad pueda afectar la vida privada o los datos personales, los que quedarán bajo resguardo de las autoridades competentes. Y, en segundo término, los que facultan al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción para emitir las normas, formatos impresos, además de medios magnéticos y electrónicos, bajo los cuales los declarantes deberán presentar las mencionadas declaraciones, así como los manuales e instructivos correspondientes.

27 de junio

El Pleno de la SCJN validó el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de noviembre de 2016, por el que se reforman el artículo Cuarto de las Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral”, publicado en el propio medio oficial el 1° de julio de 2008.

11 de julio

Controversia constitucional 62/2016. el Pleno validó el artículo 121, fracción XIII de la Ley de Transparencia, Acceso a la información y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que obliga a los organismos públicos de dicha entidad federativa a mantener impresas para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, de sus sitios de internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, las versiones públicas de las declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal de los servidores públicos y colaboradores.

1º de agosto

Acción de Inconstitucionalidad 29/2016, promovida por la CNDH. El Pleno invalidó la porción normativa del artículo 300 del Código Civil de Puebla, que disponía que el matrimonio debe celebrarse entre «hombre y mujer». Por extensión se invalidó también el 294 del mismo ordenamiento, que establecía como fin del matrimonio “perpetuar la especie”. Con ello se reitera el criterio asumido al resolver diversas acciones de inconstitucionalidad relativas a las legislaciones de Jalisco, Colima y Chiapas, así como un amparo de Baja California.

3 de agosto de 2017

Acción de inconstitucionalidad 10/2017, promovida por la CNDH. El Pleno invalidó la fracción V del artículo 7º de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes para el Ejercicio Fiscal del año 2017, al contemplar el cobro de derechos por registro extemporáneo de nacimiento. Con lo anterior se reitera el criterio asumido en la resolución de asuntos similares, donde se invalidaron preceptos de las legislaciones de Nayarit, San Luis Potosí y Morelos.

17 de agosto de 2017.

Acción de inconstitucionalidad 15/2017 y sus acumuladas 16/2017, 18/2017 y 19/2017, promovidas por Morena, Partido Nueva Alianza, PGR y CNDH, respectivamente, en las que formularon impugnaciones en relación a la Constitución de la Ciudad de México. Entre otros aspectos relevantes, se validaron disposiciones relativas al tope máximo de curules que puede obtener un partido político; la integración de la lista B de los candidatos a diputados por representación proporcional; la omisión de señalar como característica del sufragio el voto directo; las circunscripciones internas de las alcaldías; la integración del Congreso local se integrará por 66 diputaciones, 33 electas según el principio de mayoría relativa y 33 según el principio de representación proporcional. Asimismo, se resolvió que el Congreso Constituyente de la Ciudad sí llevó a cabo una consulta con las comunidades indígenas, así como con las personas con discapacidad. Por otra parte, se invalidaron disposiciones que contenían causales de nulidad de las elecciones, así como el artículo que limitaba a una sola ocasión la reelección de diputados locales.

28 de agosto

Acción de inconstitucionalidad 38/2017 y sus acumuladas 39/2017 y 60/2017, promovidas por los partidos políticos Verde Ecologista, Nueva Alianza y Morena, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Constitución Política y del Código Electoral y de Participación Social, del Estado de Jalisco. Entre otros aspectos relevantes, se validaron disposiciones relativas a la supresión del financiamiento para partidos políticos nacionales y la obligación para partidos políticos de postular 50% candidatos por cada género, para el cargo de presidente municipal (paridad horizontal). Además, se invalidaron preceptos que exentaban de la obligación de separarse del cargo 90 días antes de la elección, a los regidores que busquen reelegirse; sobre la obligación para los partidos políticos de registrar plantillas en cierto número de ayuntamientos; así como la sanción consistente en la cancelación del registro de los candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa.

29 de agosto.

Acción de inconstitucionalidad 50/2017, relativa a disposiciones en materia electoral de Yucatán. Entre otros aspectos, se invalidaron las que reducían los recursos para los partidos políticos, durante los periodos en los que no haya proceso electoral; las que facultaban al Consejo General del OPLE para la incorporación y desincorporación de funcionaros del servicio profesional electoral; y aquellas que establecían lineamientos en torno a la separación el encargo de los representantes populares que busquen su reelección.

31 de agosto

Acción de inconstitucionalidad 59/2017, relativa a las impugnaciones de Morena a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral del Estado de Guerrero. EN este asunto se invalidó la disposición que establecía la notificación automática del acto o resolución al partido cuyo representante haya estado presente en la sesión del correspondiente órgano electoral. Por otra parte, se validó la causal de nulidad de las elecciones, por la compra de cobertura informativa o de tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos de ley.

21 de septiembre

Acciones de inconstitucionalidad 63/2017 y sus acumuladas 65/2017, 66/2017, 67/2017, 68/2017, 70/2017, 71/2017, 72/2017, 74/2017 y 75/2017, promovidas por los partidos políticos Encuentro Social, del Trabajo, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Morena, y diputados de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, quienes demandaron la invalidez de diversas disposiciones del decreto por el que se crea el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México y la Ley Procesal Electoral para dicha entidad, además de que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y de su Código Penal. En estos asuntos, entre otras determinaciones, se invalidó la disposición del Código Electoral que facultaba a la Asamblea Legislativa para nombrar al Contralor Interno del Tribunal Electoral local, así como la atribución de dicha Asamblea para nombrar al titular de la Unidad de Fiscalización del OPLE, por invadir facultades del INE. Finalmente, se invalidaron las disposiciones del Código Penal que establecían delitos electorales y sus sanciones, al invadir la competencia del Congreso de la Unión.

25 de septiembre

Acción de Inconstitucionalidad 48/2017, en la que Morena impugnó diversas disposiciones del Código Electoral de Aguascalientes. Se validó la disposición que establece que el OPLE nombrará al contralor, cuando el INE le delegue la facultad de fiscalizar a los partidos políticos. Por otra parte, conforme a precedentes, el Pleno invalidó la definición de calumnias contenida en dicho código, al no considerarse en ese texto las características de los sujetos que las reciben.

28 de septiembre

Acciones de inconstitucionalidad 78/2017 y acumulada 79/2017, promovidas por los partidos políticos Encuentro Social y Morena, los que demandaron la invalidez de diversas disposiciones de la Constitución y del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas. En estos asuntos se invalidaron disposiciones en materia de supresión de propaganda electoral y de delimitación de geografía electoral; financiamiento a partidos políticos, designación del contralor interno del Tribunal Electoral; licencias para separarse del cargo de magistrados electorales y nulidad de elecciones por contratación de propaganda electoral.

24 de octubre

Acción de inconstitucionalidad 11/2016, promovida por la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca. El Pleno analizó la figura de la “alienación parental”, prevista en el Código Civil de Oaxaca como causa de suspensión o pérdida de la patria potestad.

26 de octubre de 2017.

Acciones de inconstitucionalidad 83/2017 y sus acumuladas, promovidas por los partidos políticos Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano, Acción Nacional, del Trabajo y Morena, así como la Comisión Estatal de Derechos Humanos y la Procuraduría General de Justicia del Estado, ambas del Estado de Nuevo León, en contra del decreto que reformó la Ley Electoral de aquella entidad. En estos asuntos, entre otras disposiciones, se invalidó la que dispensaba a los regidores y síndicos que buscasen su reelección, de la obligación de separarse de sus encargos, mientras que la mantenía para presidentes municipales; así como la que prohibía a partidos políticos nuevos el participar en candidaturas comunes.

30 de octubre

Al resolver los amparos directos 61/2014, 14/2015, 15/2015 y 16/2015, promovidos por los ex mandos y directivos de la policía de la Ciudad de México, procesados por los hechos ocurridos durante el operativo llevado a cabo en la discoteca News Divine, el Pleno determinó conceder el amparo liso y llano, al considerar que la Sala del Tribunal Superior de Justicia del entonces Distrito Federal, llevó a cabo una indebida valoración de las pruebas y consecuentemente, de los hechos, lo que se tradujo en una notoria insuficiencia probatoria para tener por acreditada la responsabilidad penal de los quejosos en la comisión del delito de ejercicio ilegal del servicio público.

7 de noviembre

Incidente de Inejecución de Sentencia 296/2016. La SCJN resolvió separar de manera definitiva del cargo y consignar al titular de la Delegación Venustiano Carranza, de la CDMX, por incumplir de manera contumaz una sentencia de amparo que a su vez ordenó el cumplimiento de un laudo laboral que dispuso expedir a cuatro quejosos los nombramientos de verificadores, pagar diferencias de salarios y aguinaldos, así como otorgarles los elementos necesarios para el desempeño de su trabajo.

27 de noviembre

Acciones de inconstitucionalidad 131/2017 y sus acumuladas 132/2017, 133/2017 y 136/2017, promovidas por Movimiento Ciudadano y PT, así como por CNDH y Morena, demandando la invalidez de diversos preceptos de la Constitución Política y la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. Fueron invalidadas disposiciones en el sentido de obligar a presidentes municipales y síndicos que buscasen la reelección, a separarse de su encargo cuando menos un día antes de iniciar el periodo de campaña; la facultad de los partidos políticos para solicitar copia de las manifestaciones de apoyo ciudadano a candidatos independientes; y la facultad del Consejero Presidente del OPLE de solicitar la remoción del Secretario Ejecutivo.

5 de diciembre

Acción de inconstitucionalidad 143/2017, promovida por Morena en contra de la Constitución del Estado de Quintana Roo, así como de las Leyes de Instituciones y Procedimientos Electorales y de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la misma entidad. El Pleno invalidó las disposiciones que preveían el procedimiento para cubrir las vacantes absolutas de las fórmulas de diputados elegidos por mayoría relativa; la regulación de la forma en que deberá de aparecer el emblema de las coaliciones en las boletas electorales; la obligación para los partidos políticos de registrar planillas de candidatos para integrar ayuntamientos en todos los municipios del Estado, como requisito para la obtención de regidores bajo el principio de representación proporcional; la que preveía la posibilidad de que el Magistrado ponente desechara por cuenta propia un medio de defensa, sin someterlo a la consideración del Pleno del Tribunal Electoral local. Además, se validó la disposición que sanciona a los partidos políticos con la pérdida del registro de todos sus candidatos, en cuanto que no respeten la paridad de género, a pesar de que se le hayan formulado previamente apercibimientos.

Mural de Héctor Cruz, nacimiento de la nación. SCJN.

Fuente: SCJN

o.o.o.o.o

Add a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *