Nada que celebrar en el día internacional de la Prensa

Organizaciones de periodistas en México fijan posiciones

Comunicado de la Felap y del Club Primera Plana mayo-2015

Al fin se escuchó una voz solidaria ante el clima de permanente peligro que enfrentan los periodistas por el sólo hecho de realizar su indispensable e indefectible labor.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, CNDH, que encabeza Raúl González Pérez, en un comunicado emitido con motivo del Día Internacional de la Libertad de Prensa -3 de mayo- decretado por la Organización de Naciones Unidas, ONU, se une al grito de protesta del gremio organizado, en el sentido de que en tal conmemoración, los comunicadores y en general la sociedad nada tenemos que celebrar.

En dicho comunicado, emitido la víspera, la CNDH denuncia que la omisión de las autoridades para llevar a cabo investigaciones efectivas y completas de los hechos en torno a los homicidios y demás actos violentos contra periodistas y sancionar a quienes los lleven a cabo es altamente preocupante, “ya que propicia su repetición y la total indefensión de las víctimas”. Agregó que en algunas entidades hay comunidades totalmente silenciadas por el efecto paralizante que generan la violencia y la impunidad, en consecuencia, las autoridades, en los distintos órdenes de gobierno, deben respetar el ejercicio de la libertad de expresión, así como garantizar que nadie se vea impedido de hacer uso de ella, en cuyo caso deberá investigar y sancionar a los responsables.

Hoy más que nunca se requieren de estas voces solidarias, después de que la Agenda Legislativa Pendiente del Periodista en lugar de avanzar va en retroceso ante la incomprensible actitud del Poder Legislativo.

No existe explicación válida, que justifique que después de años de lucha y después de haber logrado que en el Código Federal de Procedimientos Penales, -última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de 2014-, se garantizaba el Secreto Profesional en su artículo 243 Bis, que a la letra dice: “No estarán obligados a declarar sobre información que reciban, conozcan o tengan en su poder”, fracción III.- “Los periodistas, respecto de los nombres, o las grabaciones, registros telefónicos, apuntes, archivos documentales y digitales, y todo aquello que de manera directa o indirecta pudiera llevar a la identificación de las personas que, con motivo del ejercicio de su actividad, les proporcionen como información de carácter reservada, en la cual sustenten cualquier publicación o comunicación”

En el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, es decir Único para todo el país y que está a punto de ser aprobado por la mayoría de los Congresos de los Estados para ser promulgado por el Presidente de la República a más tardar el 18 de julio de 2016, se haya suprimido dicho mandamiento y solo quedan protegidos en forma exclusiva los ministros religiosos, abogados, visitadores de derechos humanos, médicos, psicólogos, farmacéuticos, enfermeros y hasta los funcionarios públicos, menos los periodistas, insistimos.

Al mismo tiempo denunciamos una vez más, que la llamada Federalización de los Delitos Contra las Libertades de Prensa y Expresión, en cuya Iniciativa de Ley el ahora ombudsman nacional, Raúl González Pérez tuvo el papel más destacado de todos los que nos empeñamos en este trabajo, quedó en una entelequia al quedar, como siempre en la fracción XXI del artículo 73 Constitucional, que a la letra dice: “Las autoridades federales podrán conocer también de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta”.

Nuevamente la letra chiquita se impuso con el cambio de “deberá conocer” por el de “podrá conocer” el Ministerio Público Federal de estos delitos; nuestra exigencia sobre la Ley Reglamentaria de esta reforma constitucional continúa siendo la siguiente: Indefectiblemente, todo delito contra las libertades de Prensa y Expresión, ipso facto, deberá ser conocido por el Ministerio Público Federal. A mayor abundamiento, deberá suprimirse la potestad discrecional de la autoridad federal para atraer o no estos delitos.

También es de agregarse, que nuevamente se dejó en el limbo a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión, FEADLE, nosotros inclusive, hemos exigido que por la gravedad de la situación se eleve a Subprocuraduría; el anterior titular de la Procuraduría General de la República, solicitó y obtuvo del Congreso de la Unión una prórroga de 180 días para definir la apremiante solicitud, nada ha ocurrido, sigue la Fiscalía en esa condición de precariedad, confiamos en la sensibilidad de la flamante procuradora, Arely Gómez González.     ?

También en la víspera, lo multicitada Fiscalía, informó el ejercicio de la acción penal en contra de varios integrantes de una organización criminal que opera en Ciudad Juárez, Chihuahua, por el homicidio del periodista José Armando Rodríguez Carreón, quien trabajaba en el Diario de Ciudad Juárez y fue privado de la vida el 13 de noviembre de 2008, cuando salía de su domicilio, sin embargo omitió los nombres de los presuntos homicidas.

La verdad es que el Gremio Organizado: Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX; Club Primera Plana, y Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP, nada tenemos que celebrar en el Día Internacional de la Libertad de Prensa, son 141 Homicidios contra estas primarias libertades: 118 periodistas; 10 trabajadores de prensa; 9 familiares y 3 amigos de comunicadores, y 1 civil, así como 28 desapariciones forzadas de informadores pendientes de aclarar, cifras éstas consignadas y documentadas del 2000 a la fecha.

Estamos en total acuerdo con el Ombudsman Nacional, licenciado Raúl González Pérez: “Todas estas agresiones representan una grave restricción a la libertad de expresión, con todo lo que ello implica, como limitación al ejercicio de las libertades y derechos de la sociedad en general, ante “panorama tan preocupante”, esta fecha es una oportunidad más para reflexionar sobre la importancia que tiene la libertad de expresión para el desarrollo democrático de México y como garantía del correcto ejercicio de los derechos humanos.

FAPERMEX                                                

Teodoro Raúl Rentería Villa                               Mario Ángel Díaz Vargas

Presidente del Consejo Directivo                         Presidente del Comité de Vigilancia, Honor y Justicia 

Club Primera Plana                                      

Raúl Gómez Espinosa                                            José Luis Uribe Ortega

Presidente                                                               Secretario General 

FELAP

Teodoro Rentería Arróyave                                 

Presidente del Consejo Directivo

 

 

 

 

Add a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *